informacion-interesado-rgpd-1

Información al interesado: más y mejor en el nuevo RGPD.

Uno de los principales objetivos del nuevo Reglamento General de Protección de Datos es conseguir un mayor control por parte de los interesados, es decir, nosotros, de lo que se hace con nuestros datos personales. Por ello, introduce algunos cambios en cuanto a la obligación de informar por parte de los responsables de esos tratamientos.

Deber de informar en la LOPD

Actualmente, la LOPD impone, como regla general, la obligación de informar acerca de:

– La existencia del fichero o tratamiento de datos personales, la finalidad de la recogida de éstos y destinatarios de esos datos.

– El  carácter obligatorio o no de responder y de sus consecuencias.

– La posibilidad de ejercitar los derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

– La identidad del responsable y sus datos de contacto.

Esta información debe facilitarse de modo expreso, preciso e inequívoco cuando se soliciten los datos o, cuando no se estén recogiendo directamente del interesado, éste  habrá de ser informado en el plazo máximo de 3 meses, salvo que ya hubiera recibido previamente esta información.

¿Qué nos trae el RGPD?

El RGPD mantiene el deber de información acerca de los puntos que hemos visto antes pero, además, amplía los puntos sobre los cuales debe ser informado el interesado. Así que, a todo lo anterior, habrá que añadir:

– La base jurídica o legitimación para el tratamiento.

– El plazo durante el cual se conservarán los datos o los criterios para determinar dicho plazo.

– Los datos de contacto del Delegado de Protección de Datos, si lo hay.

– La realización de transferencia de datos personales a un tercer país u organización internacional, en su caso.

– El derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.

– La existencia de decisiones automatizadas o elaboración de perfiles.

– El derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento.

– El origen de los datos, en caso de no haber sido obtenidos directamente del interesado.

El RGPD obliga al responsable a facilitar esta información al interesado en el momento en que se soliciten los datos, tal y como ya venía haciendo la LOPD, o en los casos en que los datos no se obtengan directamente el interesado, éste deberá ser informado antes de un mes desde la recogida de los datos o, en su caso, antes de la primera comunicación con el mismo o antes de que se comuniquen a otros destinatarios.

EL RGPD establece una serie de circunstancias en las cuales no habrá que informar que son:

– Que el interesado ya dispusiera previamente de esta información (esto ya lo contempla la LOPD).

– Cuando facilitar esta información sea imposible o suponga un esfuerzo desproporcionado.

– Si la obtención de los datos está establecida por el Derecho de la Unió o de los Estados miembros.

– Cuando los datos deban tener un carácter confidencial en base al deber de secreto profesional.

Transparencia en la información

Como ya os comentaba al principio, una de las características de la nueva regulación de la protección de datos que nos trae el RGPD, es la transparencia y aquí es donde quizás marca una mayor distancia respecto a la LOPD.

La LOPD requería que la información se facilitara, en el momento de la recogida de los datos, de modo «expreso, preciso e inequívoco». Sin embargo, el RGPD establece que deberá proporcionarse de forma «concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo, en particular cualquier información dirigida específicamente a un niño», y se refiere no solamente al deber de informar en el momento de la recogida de datos, sino también a cualquier comunicación relativa al tratamiento que deba hacer el responsable como, por ejemplo, cuando se dé respuesta a los ejercicios de derechos.

Las modificaciones introducidas por el RGPD ponen de manifiesto el interés puesto por los legisladores en que tengamos a nuestra disposición la máxima cantidad de información posible, para que podamos decidir qué se hace con nuestros datos y, por supuesto, de la forma menos farragosa posible para que esté al alcance de cualquiera, sean cuales sean tus conocimientos.

Etiquetas: Sin etiquetas

Añadir un comentario

Debes estar conectado para publicar un comentario